Manzanares
fue recibida por la activistas de derechos humanos a favor de la mujer, Silvia
Castillo Díaz y Ubaldi Guerrero, subsecretaria de la Mujer del gobierno
estatal, quienes aguardaron a que las autoridades judiciales del estado
acataran un fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
QuéPasaColima.- Adriana Manzanares Cayetano abandonó la
tarde de este miércoles 22 de enero el Centro de Reinserción Social (Cereso) de
Chilpancingo, siete años después de que el comisariado ejidal del Camalote,
comunidad indígena de Ayutla de los Libres, la acusara de matar a un hijo que
engendró fuera del matrimonio.
Manzanares fue
recibida por la activistas de derechos humanos a favor de la mujer, Silvia
Castillo Díaz y Ubaldi Guerrero, subsecretaria de la Mujer del gobierno
estatal, quienes aguardaron a que las autoridades judiciales del estado
acataran un fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La decisión de
ponerla en libertad fue tomada por uninamidad de los cinco magistrados que
integran la sala. La sentencia que concede el amparo fue elaborado por el
Ministro Arturo Zaldívar, reporta Paris Martínez.
Manzanares,
indígena me’paa ingresó a prisión cuando tenía 20 años y su caso es el primero
de una mujer sentenciada por aborto o delitos conexos. La Corte atrajo el caso
por las irregularidades que presenta.
Verónica Cruz,
representante del Centro Las Libres –agrupación civil que promueve los derechos
de las mujeres en todo el país y que asumió en 2010 la defensa de esta joven
indígena– dijo que para acusar a
Adriana, el Ministerio Público se basó en una prueba denominada
docimasia pulmonar practicada al feto, luego de la cual las autoridades
concluyeaon que se trataba de un bebé que había nacido vivo y que, por lo
tanto, había sido asesinado por su madre.
Sin embargo,
destacó la activista, la docimasia pulmonar no es reconocida como una prueba
válida para determinar si un bebé nació prematuramente de forma inducida o
espontánea, sino únicamente para definir la densidad de los pulmones, por lo
cual, no sirve como base científica para sustentar una acusación penal.
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