En septiembre pasado se anunció una Campaña
Ciudadana por una consulta popular única sobre la reforma energética. Entre sus
organizadores está el actor Daniel Jiménez Cacho, el padre Miguel Concha, e
Ifigenia Martínez.
QuéPasaColima.-
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la
tesis en la que se fija la ruta que debe seguir la realización de las consultas
populares, en la que establece que los ciudadanos carecen de legitimación para
requerirle de manera directa que se pronuncie sobre la constitucionalidad o no
de las preguntas que se formulen.
En la tesis, la Corte recoge la respuesta dada a los
ciudadanos Manuel Camacho, Alejandro Encinas y Mario Delgado –senadores del
PRD- que solicitaron a la Corte, en diciembre pasado, que se pronunciara en
torno a la consulta popular en materia energética.
Ahora, en el documento publicado el pasado 3 de octubre traza
con claridad los pasos que debe seguir cada una de las consultas populares, en
la que se fijan dos etapas: una previa a la convocatoria, donde el Congreso de
la Unión, a través de sus Cámaras, es el rector del procedimiento, y una
posterior, a cargo del Instituto Nacional Electoral, por ser al que corresponde
la organización, desarrollo, cómputo y declaración del resultado de la
consulta.
Con esta respuesta, la Corte no resuelve de fondo lo
solicitado por los tres ciudadanos-senadores del PRD, pues los ministros
deberán determinar la constitucionalidad o no de las preguntas que se pretendan
formular, hasta cada una de ellas hayan cumplido el procedimiento legal fijado
por la Constitucionalidad y la Ley Federal de Consulta Popular.
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